1. Prueba de ingreso de US$2500 mensuales por un mínimo de 2 años, garantizado por una institución bancaria bien depósito de US$60,000 en un banco del Sistema Bancario Costarricense.

2. Podrá amparar a su cónyuge y hijos menores, o hijos mayores con discapacidad, como dependientes.

3. No podrá trabajar como asalariado pero sí puede ser dueño de una compañía y recibir ingresos.

4. Acreditar su aseguramiento en la Caja Costarricense del Seguro Social, desde el momento en que se les otorga dicha residencia y en forma ininterrumpida hasta el momento de renovar su cédula de extranjería.

Tanto el principal como los dependientes deberán gestionar los respectivos carnes de asegurados.

5. Comprobante de toma de huellas.

6. Registro Consular.

7. Copias de los pasaportes, incluyendo las páginas en blanco, es necesario que la copia lleve el sello de ingreso a Costa Rica.

8. Siete (7) Fotografías tamaño pasaporte.

9. Certificado de no antecedentes penales. El documento original debe de ser legalizado por el Consulado de Costa Rica del país en el cual se emite el certificado, o en su defecto apostillado.

Los documentos no pueden tener más de 6 meses de haber sido emitidos al momento de presentarse en Costa Rica (si el documento indica una validez de tiempo menor, no puede excederse de ese tiempo al momento de presentar la aplicación en Costa Rica).

10. Certificado de nacimiento. Al igual que el certificado de antecedentes penales, estos documentos deben de ser legalizados por el consulado de Costa Rica y no tener más de 6 meses de emitido.

11. Certificado de matrimonio. En caso de que venga acompañado del conyugue. Al igual que los otros dos anteriores documentos, este deber ser legalizado/apostillado ya haber sido emitido con un plazo menor a los 6 meses.

12. Documento que demuestre renta.

13. Comprobantes de pago en la cuenta de Migración.